miércoles, 4 de marzo de 2026

MOOC Proyecto Intermodular. Actividad1. Marco normativo y fundamentos del Proyecto Intermodular. Cataluña

 

UNIDAD 1. Marco normativo y fundamentos del Proyecto Intermodular. Cataluña


Comunidad Autónoma

Cataluña

Título de la normativa autonómica

Documento para la Organización y Gestión de los Centros (DOIGC):

«Cicles de formació professional. Cursos de formació preparatoris per a l'accés a cicles formatius de grau mitjà i superior»

Departament d'Educació i Formació Professional. Generalitat de Catalunya. Versión actualizada: 10/06/2025.

 Documento complementario:

«Currículum. Curs 2025-2026» (DOIGC)

Enlace a la normativa

Documento principal (CUR_FP):

https://documents.espai.educacio.gencat.cat/IPCNormativa/DOIGC/CUR_FP.pdf

 Documento de currículum:

https://documents.espai.educacio.gencat.cat/IPCNormativa/DOIGC/DOIGC_Curriculum.pdf

 Portal XTEC — Formació Professional:

https://xtec.gencat.cat/ca/curriculum/professionals/fp/

Artículos y/o aspectos a destacar de la norma que afectan a la programación del Proyecto Intermodular en tu comunidad autónoma.

Documento: «Cicles de formació professional» (DOIGC, actualizado 10/06/2025)

Enlace: https://documents.espai.educacio.gencat.cat/IPCNormativa/DOIGC/CUR_FP.pdf

 Apartado 1.1.1 — Estructura y organización curricular:

• El módulo profesional Proyecto Intermodular es único a lo largo de todo el ciclo formativo y debe cursarse en segundo curso.

• Los módulos profesionales constituyen una unidad indivisible: un mismo módulo no puede tener resultados de aprendizaje distribuidos entre primero y segundo curso.

• El módulo Proyecto Intermodular NO es objeto de convalidación.

 Apartado 1.1.1 — Horario del professorado (novedad relevante):

• El módulo tiene dos cómputos horarios diferenciados:

   a) Horas curriculares a efectos de la distribución horaria del alumnado.

   b) Horas lectivas a efectos del cálculo de la plantilla global del profesorado.

• Las horas de diferencia (sin actividad lectiva directa) deben destinarse a:

   — Seguimiento del grupo en las estancias en empresa (dual general e intensiva).

   — Orientación profesionalizadora del alumnado y fomento del emprendimiento.

   — Impulso de proyectos del Departament d'Educació i FP u otras administraciones.

   — Participación en programas de innovación de FP.

   — Colaboraciones de innovación aplicada con sectores del entorno.

   — Diseño y seguimiento de ofertas para colectivos singulares.

 Apartado 1.1.3 — Planificación y programación del ciclo formativo:

• La planificación del ciclo DEBE incluir obligatoriamente: «criterios para determinar el contenido y la organización del módulo profesional Proyecto Intermodular».

• La programación de cada módulo incluirá: competencias asociadas, capacidades clave, temporización, estrategias metodológicas, criterios de cualificación y actividades de evaluación.

 Apartado 1.2 — Evaluación:

• La evaluación del Proyecto Intermodular la realiza el equipo docente de manera colegiada.

• La calificación es de 1 a 10, sin decimales.

• Los módulos superados mantienen la calificación: NO se pueden repetir para mejorarla ni se admiten segundas convocatorias de recuperación una vez superado.

• Durante el curso, si los resultados de aprendizaje aún no han sido calificados, se usa la escala: Assolit-10/9/8/7/6/5 o No assolit.

Apartado 2 — Convalidaciones:

• El módulo Proyecto Intermodular NO es objeto de convalidación bajo ningún supuesto.

Nota: Cataluña NO ha aprobado un Decreto autonómico específico publicado en el DOGC para este módulo (a diferencia de la Comunidad Valenciana). La regulación se vehicula exclusivamente a través de los documentos DOIGC, de rango organizativo, actualizables cada curso.

¿Has descubierto alguna novedad para el desarrollo de este módulo en tu comunidad autónoma?

1. Doble cómputo horario del profesorado: Es la principal novedad organizativa de Cataluña. La distinción explícita entre horas del alumnado y horas del profesorado en el Proyecto Intermodular, con asignación reglada de las horas "sin docencia directa" a tareas de innovación, seguimiento de empresas y orientación, es un elemento nuevo respecto al sistema anterior (LOE/LOGSE).

2. Ausencia de decreto autonómico específico: Cataluña no ha desarrollado un reglamento propio con rango de decreto para el Proyecto Intermodular, a diferencia de otras CCAA. Toda la regulación se concentra en los DOIGC, modificables anualmente sin procedimiento formal.

3. Eliminación de las Unidades Formativas (UF): La reforma suprime las UF. El Proyecto Intermodular debe ahora integrar Resultados de Aprendizaje (RA) de módulos completos, no de UFs parciales, lo que cambia profundamente cómo se concibe y programa el proyecto.

4. Dos modelos de formación dual: El Dual General (515 h de estancia en empresa) y el Dual Intensivo (713 h), que incluye explícitamente el proyecto intermodular como elemento del itinerario intensivo.

¿Cómo impactan estas normas en la programación del Proyecto Intermodular?

La normativa catalana obliga a que la programación del ciclo formativo recoja explícitamente los criterios de contenido y organización del Proyecto Intermodular, decididos de forma colegiada por el equipo docente. No existe un modelo preestablecido por el Departament, lo que: 

• Exige un trabajo coordinado del equipo docente de DAW/SMX para definir RA integradores, metodología, calendario de entrega y criterios de evaluación compartidos.

• Obliga a diseñar el proyecto desde primer curso, aunque su ejecución sea en segundo.

• Implica que la programación del Proyecto Intermodular es responsabilidad exclusiva del centro (no viene determinada por la Administración), con amplio margen de autonomía pero también de incertidumbre.

• Las horas "no lectivas" del profesorado asignado al módulo pueden usarse para coordinar con empresas del entorno (vinculación con el proyecto PAT y empresas de Lleida).

¿Encuentras alguna oportunidad y/o dificultad para llevar a cabo la programación de este módulo?

OPORTUNIDADES:

✔ Gran autonomía de centro para diseñar el proyecto vinculado al contexto local (sector TIC de Lleida, empresas del PAT).

✔ Las horas "no lectivas" del profesorado pueden aprovecharse para coordinación con empresas colaboradoras y enriquecer el propio proyecto.

✔ La metodología basada en retos que impulsa el RD 659/2023 (asumida por Cataluña) encaja muy bien con los ciclos DAW y SMX.

✔ Posibilidad de articular el Proyecto Intermodular con los programas de innovación de FP que financia el Departament. 

DIFICULTADES:

✗ La ausencia de un decreto autonómico específico genera vacíos normativos en aspectos clave: defensa pública, número mínimo de evaluadores, gestión de alumnado con módulos de 1.º pendientes.

✗ Implantación acelerada sin formación específica ni orientaciones detalladas del Departament, lo que recae sobre el profesorado.

✗ La coordinación colegiada de todo el equipo docente para evaluar el proyecto es compleja en centros con muchos grupos y horarios ajustados.

✗ La no convalidación del módulo y la imposibilidad de mejorar calificación ya obtenida puede generar conflictos con alumnado repetidor.

✗ Los DOIGC pueden cambiar cada curso sin procedimiento formal, dificultando la planificación a largo plazo.

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